Legitec celebra hoy 28 de Enero, el Día Europeo de la Protección de Datos

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Hoy todos los que nos dedicamos a asesorar y ayudar a empresas, negocios, webs, particulares… a cumplir con las Leyes sobre Protección de Datos tenemos el placer de dar a conocer el Día Europeo de la Protección de Datos, una fecha que desde el año 2007 se conmemora el día 28 de enero. En Legitec aprovechamos la celebración para recordaros algunos conceptos básicos sobre la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y soplamos las velas deseando que el Reglamento Europeo que discute Bruselas sea ya una realidad.

En primer lugar cabe recordar qué se considera un dato personal. Es cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.

Partiendo de este concepto básico, es momento de recordaros algunas obligaciones a las que debes hacer frente si tu negocio maneja datos personales:

Deber de Información. En el artículo 5 de la LOPD se establece que los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco.

Calidad de los datos. En los artículos 4 de la LOPD y 8 del RLOPD, podemos leer entre otras consideraciones que los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento, cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido. Además, los datos no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos. Los datos de carácter personal serán exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del afectado.

Tratamiento de los datos personales. El artículo 5.1.t) del RLOPD lo define como cualquier operación o procedimiento técnico, sea o no automatizado, que permita la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, consulta, utilización, cancelación, bloqueo o supresión, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias. La inclusión de datos de carácter personal en un fichero supondrá un tratamiento de datos de carácter personal, que requerirá, en principio, el consentimiento del afectado.

Cesión de los datos. En su artículo 11, la LOPD remarca que los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado.

Deber de secreto. En el artículo 10 de la LOPD se establece lo relativo al deber de secreto y señala que el responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.

Inscripción de ficheros. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del RLOPD, todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública o privada, con algunas excepciones marcadas por Ley, serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

Seguridad de los datos. En el artículo 9 de la LOPD se expone la obligación del responsable del fichero, y, en su caso, del encargado del tratamiento de adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.

Estas son sólo algunas obligaciones, pero hay muchas más que debes conocer. En Legitec podemos ayudarte a que tu empresa cumpla con todo lo relacionado con la Protección de Datos.

El Día Europeo de la Protección de Datos se celebra en conmemoración de la firma del Convenio 108 del Consejo de Europa. Está impulsado por la Comisión Europea, el Consejo de Europa y las instituciones encargadas de velar por la protección de datos a nivel europeo. Entre ellas la Agencia Española de Protección de Datos, de cuya web hemos obtenido la información para realizar este post.

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