Cámaras en pisos turísticos: cuándo son legales y cuándo te pueden multar

Si tienes un apartamento turístico, seguro que alguna vez te ha pasado por la cabeza:

“¿Y si instalo una cámara para evitar problemas?”

Vandalismo, fiestas, daños en la vivienda… motivos no faltan. El problema es que, en materia de protección de datos, la buena intención no siempre basta.

Hace apenas unos días se ha conocido una sanción que está dando mucho que hablar y que sirve como aviso claro para propietarios y gestores de alojamientos turísticos.

El caso real: 3.000 € de multa por instalar cámaras dentro del piso

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 3.000 euros al propietario de una vivienda turística por instalar cámaras en el salón y el dormitorio del apartamento. Su argumento era sencillo: quería evitar okupaciones y tener control sobre lo que ocurría en su propiedad.

¿El problema? Para la AEPD, instalar cámaras en el interior de una vivienda alquilada vulnera directamente el derecho a la intimidad de los huéspedes, incluso aunque:

  • Se avise en la plataforma de reservas
  • Existan carteles informativos
  • Las cámaras “solo se activen en caso de problema”

Cuando un cliente alquila una vivienda turística, ese espacio pasa a ser su ámbito privado, igual que una habitación de hotel. Y ahí, la videovigilancia no tiene cabida.

“Pero es mi piso… ¿no puedo protegerlo?”

Esta es una de las preguntas que más escuchamos como consultores en protección de datos, y la respuesta es que sí puedes proteger tu propiedad, pero no a cualquier precio. La normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) exige que cualquier medida de control sea necesaria, proporcionada y la menos invasiva posible.

Grabar imágenes dentro de un espacio donde una persona duerme, se cambia de ropa o hace vida privada nunca se considera proporcional.

📌 Entonces… ¿dónde sí y dónde no puedo poner cámaras? Vamos a lo práctico, que es lo que más interesa.

Hay algo que conviene tener muy claro desde el principio: el interior de un alojamiento turístico es un espacio privado mientras está ocupado. No importa si se trata de un alquiler vacacional, de temporada o de corta estancia. En el momento en que un huésped entra y hace uso de la vivienda, ese espacio pasa a formar parte de su esfera más íntima. Por este motivo, no está permitido instalar cámaras en estancias como dormitorios, salones, baños o cocinas, ni en ningún otro espacio de uso exclusivo del huésped. Son lugares donde existe una expectativa total de privacidad y donde las personas desarrollan su vida personal con absoluta normalidad: duermen, se cambian de ropa, descansan o conviven.

Aunque el propietario informe de la existencia de las cámaras, aunque alegue motivos de seguridad o aunque las cámaras se activen solo “en caso de problema”, la instalación sigue siendo ilegal. La normativa de protección de datos es muy clara en este punto: la protección del derecho a la intimidad prevalece frente a cualquier interés económico o preventivo del propietario.

✅ Zonas donde podría ser posible instalar cámaras (con muchos matices)

La videovigilancia no está totalmente prohibida en el ámbito de los alojamientos turísticos, pero su uso debe ser excepcional, muy justificado y cuidadosamente limitado. En algunos casos concretos, podría valorarse la instalación de cámaras en zonas comunes, como portales, entradas o accesos compartidos, especialmente cuando existe un riesgo real para la seguridad de personas o bienes. Sin embargo, incluso en estos supuestos, la ley no permite soluciones genéricas ni improvisadas.

No basta con colocar una cámara “por si acaso”. Es imprescindible analizar previamente si la medida es realmente necesaria o si existen alternativas menos intrusivas. Además, hay que cumplir una serie de obligaciones muy concretas: informar de forma clara y visible de la existencia de las cámaras, limitar la grabación estrictamente a la finalidad perseguida, evitar la captación de la vía pública o de viviendas colindantes y restringir el acceso a las imágenes únicamente a las personas autorizadas.

A todo ello se suma la obligación de establecer plazos de conservación limitados y eliminar las grabaciones cuando ya no sean necesarias. En definitiva, la videovigilancia no puede convertirse en una herramienta de control generalizado, sino en una medida puntual, proporcionada y bien documentada.

⚠️ ¿Qué ocurre si no se cumple la normativa?

El incumplimiento de estas obligaciones no es una cuestión menor. Como demuestra el caso reciente, las sanciones económicas son muy reales y pueden ir mucho más allá de los 3.000 euros impuestos en este supuesto concreto.

Además de la multa, los propietarios se exponen a reclamaciones por parte de los huéspedes, que pueden sentirse vigilados o vulnerados en su intimidad. Esto tiene un impacto directo en la reputación del alojamiento, especialmente en plataformas de alquiler donde las valoraciones y comentarios son determinantes.

🧠 Alternativas más seguras y respetuosas con la privacidad

Antes de optar por la instalación de cámaras, es recomendable valorar otras medidas de seguridad que ofrecen buenos resultados y generan muchos menos problemas legales.

Existen sistemas de alarma que no implican grabación de imágenes, cerraduras inteligentes que permiten controlar accesos, sensores de presencia o de apertura, así como mecanismos de control más tradicionales, como normas claras de uso del alojamiento o una correcta gestión de fianzas. En la mayoría de los casos, estas soluciones son más que suficientes para proteger la vivienda y permiten cumplir con la normativa de protección de datos sin poner en riesgo la privacidad de los huéspedes ni exponerse a sanciones innecesarias.

🤝 Nuestro consejo como especialistas en protección de datos

Cada vez vemos más sanciones relacionadas con videovigilancia mal planteada. Muchas de ellas podrían haberse evitado con una simple consulta previa. En Legitec ayudamos a propietarios y gestores turísticos a:

  • Revisar la legalidad de sus medidas de seguridad
  • Adaptar su alojamiento al RGPD y la LOPDGDD
  • Evitar sanciones innecesarias
  • Transmitir confianza y profesionalidad a sus clientes

📩 Si tienes dudas, consúltanos antes de instalar nada.
A veces, una decisión rápida puede salir muy cara.

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