Obligaciones LGTBI+ para Empresas en 2025: Cumple con la Nueva Normativa

El Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, ya ha entrado en vigor y supone una transformación obligatoria para las empresas en materia de igualdad y no discriminación a las personas LGTBI en el ámbito laboral. Este reglamento desarrolla las disposiciones de la Ley Trans (Ley 4/2023, de 28 de febrero) y exige a todas las empresas con más de 50 trabajadores la implementación de medidas concretas en favor de la diversidad e inclusión. En Legitec, estamos preparados para ayudar a las empresas a cumplir con estas nuevas obligaciones y evitar sanciones.

Obligación de Implementar Medidas Planificadas

Desde este año, las empresas deben contar con un protocolo de actuación frente al acoso y la violencia hacia las personas LGTBI. Su aplicación efectiva es obligatoria y su incumplimiento puede derivar en sanciones legales y administrativas.

¿Quién está obligado a contar con este protocolo?

Las empresas que cuenten con una plantilla de 50 o más empleados están obligadas a desarrollar e incorporar este protocolo de actuación dentro de su Plan de Igualdad, garantizando su correcta aplicación y cumplimiento en el entorno laboral, en línea con la normativa vigente sobre diversidad e inclusión.

Formación y Sensibilización

Las empresas deberán incluir en sus programas de formación módulos específicos sobre derechos LGTBI, diversidad, no discriminación y respeto. Estos deben contemplar:

➡️Conocimiento de las medidas planificadas de la empresa.

➡️Definiciones y conceptos sobre diversidad sexual, familiar y de género.

➡️Difusión de protocolos de acompañamiento a personas trans y prevención del acoso.

➡️Uso de lenguaje inclusivo y respetuoso.

Monitoreo y Evaluación Continua

Es obligatorio evaluar la efectividad de las medidas implementadas a través de indicadores y auditorías internas, asegurando su correcta aplicación y ajuste a las necesidades reales.

Inclusión de Protocolos de Prevención del Acoso

El protocolo de actuación ante el acoso por orientación sexual o identidad de género debe formar parte de la normativa interna de la empresa. Su contenido mínimo incluye:

✔️Declaración de principios:  Cero tolerancia a la discriminación.

✔️Ámbito de aplicación: Dirigido a trabajadores, proveedores, clientes y visitantes.

✔️Garantías del procedimiento: Respeto a la intimidad, confidencialidad y protección de la víctima.

✔️Procedimiento de actuación: Plazos para denunicar y medidas cautelares.

Cumple la Normativa con Legitec

En Legitec, ayudamos a las empresas a desarrollar sus protocolos, impartir formación obligatoria y cumplir con todas las exigencias del Real Decreto 1026/2024. 

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