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La importancia de la Certificación ISO 27001 para el futuro de las empresas

La certificación ISO 27001 es esencial para las empresas que buscan proteger su información en un mundo cada vez más digital. La certificación no solo mejora la seguridad inmediata, sino que también aumenta la confianza de clientes y socios, proporcionando una ventaja competitiva a largo plazo. Legitec ofrece servicios completos para ayudar a las empresas a obtener esta certificación, desde la evaluación inicial hasta la implementación y auditoría.

ISO 9001: Ventajas de certificar tu empresa con Legitec

En el entorno empresarial actual, obtener la certificación ISO 9001 es esencial para que las empresas mantengan la competitividad y aseguren su éxito a largo plazo. Este estándar internacional mejora la eficiencia operativa, aumenta la satisfacción del cliente y facilita el acceso a mercados globales. Legitec se especializa en guiar a las organizaciones a través del proceso de certificación, ayudándolas a implementar sistemas de gestión de calidad que cumplan con los requisitos de ISO 9001 y preparándolas para los desafíos futuros.

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Sentencia del TSJ de Galicia: Securitas Condenada por Vulnerar el Derecho a la Desconexión Digital y la Protección de Datos de un Trabajador

En una decisión significativa para la protección de los derechos laborales, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJ) ha condenado a Securitas Seguridad España a pagar una indemnización de 1.000 euros a un trabajador por violar su derecho a la desconexión digital y a la protección de datos personales. La sentencia 1158/2024, emitida el 4 de marzo de 2024, establece un precedente en la defensa de los derechos digitales en el ámbito laboral. Violación del derecho a la desconexión digital El caso se centra en las acciones de Securitas, que envió comunicaciones y órdenes de trabajo al correo personal del empleado fuera de su horario laboral. Según la sentencia, esta práctica constituye una clara violación del derecho a la desconexión digital, un derecho protegido por el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). La Sala del TSJ de Galicia recordó que la desconexión digital no solo permite a los trabajadores no responder a comunicaciones laborales fuera de su horario, sino que también impone a las empresas la obligación de abstenerse de realizar tales comunicaciones. En el caso específico de Securitas, la sala encontró que varios correos electrónicos enviados fuera del horario laboral, salvo uno que contenía información urgente sobre medidas antiterroristas, vulneraron este derecho. Cesión no autorizada de datos personales Además de la desconexión digital, el tribunal determinó que Securitas violó el derecho a la protección de datos del trabajador al compartir su información personal con terceros, como academias de formación y una empresa de prevención de riesgos laborales, sin su consentimiento expreso. La sala enfatizó que el consentimiento explícito es un requisito fundamental para el tratamiento y la cesión de datos personales, según lo establece la LOPDGDD. El fallo destacó que el derecho a la protección de datos otorga a los individuos un control crucial sobre su información personal, incluyendo el derecho a ser informados sobre el destino de sus datos y a rectificar o cancelar los mismos. La falta de consentimiento y la incorrecta gestión de estos datos por parte de Securitas constituyeron una violación de este derecho fundamental. Decisión y consecuencias El trabajador, inicialmente, había presentado una demanda para que se reconocieran sus derechos a la desconexión digital y a la protección de datos, y solicitó una indemnización de 7.551 euros. Sin embargo, el tribunal de primera instancia rechazó su pretensión, lo que llevó al empleado a interponer un recurso de suplicación ante el TSJ de Galicia. Este recurso fue finalmente admitido y parcialmente resuelto a favor del trabajador. La sala determinó una indemnización de 1.000 euros: 300 euros por la vulneración del derecho a la desconexión digital y 700 euros por la cesión no autorizada de datos personales. La decisión subraya la importancia de que las empresas respeten los derechos fundamentales de sus empleados, particularmente en un entorno cada vez más digitalizado. Reflexión final Este fallo pone de manifiesto la necesidad de que las empresas revisen y ajusten sus prácticas de comunicación y manejo de datos para cumplir con las normativas vigentes y proteger los derechos de sus trabajadores. Las consecuencias de no hacerlo pueden ser costosas, tanto en términos financieros como reputacionales.   Para aquellos interesados en profundizar más en este caso, pueden leer la sentencia completa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el siguiente enlace Sentencia 1158/2024 del TSJ de Galicia.

El nuevo incidente de ciberseguridad que sacude al mundo

Un fallo en la plataforma de la popular plataforma de antimalware CrowdStrike ha causado un bloqueo mundial en multitud de sistemas, provocando una interrupción masiva en la actividad de empresas en todo el mundo. El origen del problema El origen del problema se encuentra en una actualización defectuosa del software de CrowdStrike, que ha provocado el bloqueo de los equipos y la aparición de un pantallazo azul (Blue Death Screen), impidiendo su correcto funcionamiento y el acceso a los sistemas. Aquellos que han conseguido actualizar el software como posible solución al sistema han entrado en un bucle de arranques de recuperación. Impacto Global: Bancos, Aeropuertos y Televisiones Afectados El problema ha afectado a numerosos sectores, incluyendo bancos, aeropuertos, centros comerciales o televisiones generando apagones en sus sistemas y un caos generalizado. Empresas como Aena han anunciado posibles retrasos en sus vuelos ante los problemas que están teniendo a la hora de tener que realizar todas sus tareas de forma manual, otro caso es el de la televisión británica Sky News que ahora mismo no puede emitir por culpa de este problema. Expertos en seguridad están trabajando a contrarreloj para resolver el problema y restaurar la normalidad. Solución al problema Una posible solución al problema, según han comunicado desde diferentes fuentes (entre ellas veeam backup) es entrar al dispositivo en modo seguro, llegar al directorio de CrowdStrike y eliminar el archivo. Ponemos las instrucciones para ayudar a cualquier afectado: 1. Inicie Windows en modo seguro o WRE. 2. Vaya a C:WindowsSystem32driversCrowdStrike 3. Localice y elimine el archivo que coincida con «C-00000291*.sys». 4. Arranque normalmente. Conclusión Aunque desde luego se trata de un caso muy excepcional, este tipo de incidentes nos recuerdan lo crucial que es el contar con unos planes de contingencia y continuidad robustos, que tengan en cuenta el disponer de diferentes arquitecturas y base tecnológica para evitar dependencias en un único punto de fallo. Quedara ver el desarrollo de los acontecimientos en la escena mundial ,así cómo la respuesta del fabricante. Estaremos atentos y seguiremos informando.

Cumplimiento de compliance

¿Es correcto requerir el DNI como método de identificación de los interesados?

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) advierte sobre el uso indiscriminado de copias del DNI por parte de las empresas. Aunque es común solicitar fotocopias del DNI para identificar a las personas, la AEPD considera que esto no siempre es necesario ni proporcional según la normativa de protección de datos. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece que los datos personales deben ser adecuados y limitados a lo necesario. En lugar de copias del DNI, se pueden usar alternativas de identificación, como enlaces de confirmación o preguntas de seguridad