
Dispositivos móviles en el ámbito laboral: Derecho de Supervisión vs Derecho a la Privacidad.
Con el avance de la tecnología en el ámbito laboral y la falta de regulación de la misma, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y garantía de derechos digitales, ha dedicado su Título X a la regulación de las garantías de los derechos digitales.
Dentro de esta sección, el artículo 87 habla del derecho a la intimidad y uso de dispositivos móviles en el ámbito laboral, esto se debe a que cada vez es más frecuente que dentro de las herramientas de trabajo que proporciona la empresa a las personas trabajadoras, se encuentran dispositivos electrónicos.










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